Publicación de una nueva Orden Ministerial por la que se declaran como subproductos determinadas sustancias y objetos.
Con fecha 11 de marzo de 2026 se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Orden TED/202/2026, de 27 de febrero, por la que se declaran determinadas sustancias y objetos como subproductos con arreglo a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular (la “Orden TED/202/2026”), que entrará en vigor el próximo 1 de julio de 2026.
Se trata de la quinta Orden Ministerial aprobada hasta la fecha con el fin de determinar, con alcance general en el conjunto del territorio español, las condiciones en que determinadas sustancias u objetos generados en distintas actividades productivas pueden ser considerados como subproductos en lugar de residuos. Concretamente, la Orden TED/202/2026 declara subproductos las siguientes sustancias y objetos, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos a tal efecto en dicha norma:
a) hidróxido sódico saturado en aluminio, generado durante los procesos de anodizado y extrusionado del aluminio, para su utilización directa en la fabricación de aluminato de sodio.
b) yeso artificial, obtenido en las instalaciones de producción de cobre electrolítico para su utilización directa como regulador de fraguado en la fabricación de cemento.
c) solución de ácido nítrico al 60 %, generada en la fabricación de ácido oxálico para su utilización directa en la fabricación de productos fertilizantes nitrogenados, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa nacional.
d) sustrato vegetal, para su uso como sustrato de cultivo.
e) ácido sulfúrico diluido, obtenido en la producción de maíz alimentario para su utilización directa en la fabricación de productos fertilizantes, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa nacional.
f) astillas, recortes, serrín, virutas, restos de tronco, curros, recortes y restos de madera virgen procedentes de una explotación forestal, del aserrío o de la fabricación de tableros contrachapados y de fondos para envase hortofrutícola, para su uso en la fabricación de tableros de partículas y de fibras.
g) rechazos de papel, procedentes del «converting» en la fabricación de productos finales de papel tisú, para su uso en la preparación de pasta de papel para la fabricación de papel tisú.
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