Con fecha 3 de diciembre de 2024, el Consejo de la Unión Europea y el Parlamento Europeo han alcanzado un acuerdo provisional para aplazar 12 meses la fecha de aplicación del Reglamento (UE) 2023/1115, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 2023, relativo a la comercialización en el mercado de la Unión y a la exportación desde la Unión de determinadas materias primas y productos asociados a la deforestación y la degradación forestal, y por el que se deroga el Reglamento (UE) nº 995/2010 (el “Reglamento de Deforestación”), conforme a la Propuesta de la Comisión Europea de Reglamento por el que se modifica el Reglamento sobre Deforestación en lo que respecta a las disposiciones relativas a la fecha de aplicación (la “Propuesta de la Comisión Europea”).
El acuerdo adoptado tendrá que ser aprobado formalmente por las dos instituciones y publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea para desplegar efectos antes de final de año (fecha en la que inicialmente estaba prevista la aplicación de la norma). El aplazamiento acordado supone que las obligaciones del Reglamento de Deforestación comenzarán a ser aplicables a partir del 30 de diciembre de 2025, para las empresas grandes y medianas, y a partir del 30 de junio de 2026, para empresas pequeñas y microempresas.
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